CONTRATO DE TRABAJO
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Una entidad no puede permitir que una persona ingreses a su servicio sin que antes haya al correspondiente contrato de trabajo. Aunque un contrato verbal tiene plena validez la constancia de un documento es sin duda lo más aconsejable
DEFINICIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a una persona natural o jurídica, bajo la continuidad dependencia o subordinación
Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y reenumera es el empleador: cualquiera que sea su salario
ELEMENTOS ESNCIALES DEL CONTARATO
PRESTACIONES PERSONALES DEL SERVICIO: Este elemento implica la realización de una labor por parte un apersona natural, a favor de una persona que bien puede ser natural o jurídica si esta no existe no abra contrató de trabajo
CONTINUIDADA DE DEPENDENCIA O SUBORDINACION: Este elemento consiste en la facultad que tiene el empleador de impartir al trabajador órdenes e instrucciones, en cualquier momento, en cuanto modo, tiempo y cantidad de trabajo e imponerle condiciones o reglamentos de duración del contrato. Sin que este afecte la dignidad y los derechos mínimos del trabajador
REMUNERACION O SALARIO: Es necesario para que se dé el contrato de trabajo es la remuneración o retribución por el servicio prestado
IUS VARIANDI: Es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones laborales de trabajador dentro ciertos límites. Se desprende de la subordinación
MODALIDAD DEL CONTRATO
CONTRATO VERBAL: Es el contrato que se celebra de palabra y tiene lugar cuando el empleador y el trabajador se pone de acuerdo sobre la índole del trabajo
CONTRATO ESCRITO: Es el que consta de un documento firmado por las partes, en las cual están incluidas todas las condiciones del mismo
CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD: Surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que se haya expresado en un documento, o de la que la voluntad del empleador haya supuesto
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO FIJO: Es la vinculación de persona altamente técnicas o calificadas este contrato debe ser por escrito y su duración no puede ser mayor a 3 pero es prorrogable indefinidamente
CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR AUN AÑO: el trabajador de esta naturaleza tiene derecho a todas las prestaciones sociales y alas vacaciones en forma proporcional sea cual sea el termino laboral
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO: no requiero ser escrito aunque es lo más aconsejable tiene vigencia mientras subsista las causas que le dieron origen y materia del trabajo , sin que esto quiera decir que para su finalización
El empleador no pueda acogerse a las cláusulas de terminación
CONTRATO DE OBRA: requiere que esta sea de manera escrita y que en se estipule con gran claridad la naturaleza de la obra a labor contratada el empleado puede darlo por terminado una vez se haya finalizado la obra de labor contratada
CONTRATO OCACIONAL O TRANSITORIO: Consiste una serie de actividades ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede ser de más de 30 días
CONTRATOS ESPECIALES
Contrato de trabajo con establecimientos particulares de enseñanza: se entiende celebrado por el año escolar a menos que se contrate por un tiempo menor es decir el año lectivo no es a término fijo
Agentes colocadores de pólizas de seguro y título de capitalización: es la contratación de seguros y capitalización y la renovación de el mismo en relación con una o varias compañía de seguro o sociedad de capitalización
Colocadores de apuntes permanentes: se le denomina vendedores de chance o colocadores de apuestas de apuestas permanentes, podrán tener un carácter de dependiente o independiente
CONTRATO DE LAS PARTES CONTARATANTES
OBLIGACIONES DE EL EMPLEADOR: debe estar incluida en el reglamento interno del trabajo de igual forma debe expresarse las prohibiciones correspondientes del trabajo a uno y a otro estas son
Poner estipulación del contrato los instrumentos adecuados para la realización de las labores
Locales adecuados y elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades de ele trabajador
Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad
Pagar la remuneración pactada en las condiciones periodos y lugares convenidos
Respetar creencias y sentimientos es decir la dignidad del trabajador
Conceder al trabajador las licencias de acuerdo con las condiciones señaladas en el reglamento interno del trabajo
Dar al trabajador un certificado donde conste el tiempo de servicio y al índole del salario devengado
Pagar al trabajador el gasto razonable de ida y regreso, si para prestar el servicio hizo cambiar de domicilio
Cumplir el reglamento mantener el orden, moralidad y el respeto a las leyes
Permitir al menor de 18 el acceso a la capacitación laboral y concederle el permiso no remunerado
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR:
Realizar personalmente en los términos estipulados
No comunicar a terceros. Salvo autorización expresa, la información que tenga de su trabajo
Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural
Comunicar el empleador las observaciones que estime conducentes a evitar daños y perjuicios
Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus compañeros y superiores
Prestar las colaboraciones posibles en caso de riesgos y siniestros que amenacen a las personas de las empresas
Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico del empleador
Observa con suma diligencia y cuidado las instrucciones y orden preventivas de accidente o enfermedades
Deducir o pagar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que correspondan a los trabajadores, si n previa autorización escritas de estos para cada caso
Obligar al empleado de tal forma que este compre víveres en almacenes o cadenas que tengan que ver con el empleador
Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación
Presionar en cualquiera forma a los trabajadores de su derecho de asociación
Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político
Hacer autorizar o tolerar propaganda en el sitio de trabajo
Permitir todo término de rifa
Emplear en las certificaciones de que trata 7° del artículo 57 CST
Ejecutar y restringir los derechos de los trabajadores que ofendan su dignidad
Los menores de 18 años tendrán prohibiciones contenida en el artículo 59 del CST
PERIODO DE PRUEBA:
Tiene como objetivo por parte del empleador apreciar del trabajador y por parte de este la conveniencia de las condiciones de trabajo. Debe constar por escrito
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: es la interrupción ejecución de normal del contrato de trabajo
Causas de suspensión:
Por fuerza mayor o fortuito que temporalmente impida la ejecución del contrato
Por muerte o inhabilidad del empleador
Por cierre o clausura de la empresas hasta por 120 días
Por licencia o permiso temporal o permiso temporal concedido por el empleador o trabajador o sanción disciplinaria
Por ser llamado a prestar el servicio militar
Por detención preventiva del trabajador
Por huelga declarada en la forma prevista en la ley
EFECTOS DE SUSPENSIÓN:
Cesa para el trabajador la obligación de prestar el servicio
Cesa por pagar el empleador el salario al tiempo correspondiente
El tiempo que dure la suspensión puede ser descontado para liquidar cesantías pensiones de jubilación
El empleador responde por las obligaciones sugeridas con anterioridad a la suspensión del contrato y de más por la muerte del trabajador o enfermedad
TERMINACION DEL COTRATO
Por la causas legalmente definidas en el artículo 5 ley 50 de 1990 que subrogo el artículo 2° de CST
Por la justa causa contemplada en la ley en el reglamento interno del trabajo y en el contrato de trabajo
Sin justa causa que genera de in mediato automáticamente el derecho de indemnización
POR PARTE DE EL EMPLEADOR: Por sufrir engaño por parte del el empleador mediantes la presentación de admisión como certificado falsos para su admisión o tendencia a obtener un provecho ilícito o indebido
CONTRATO DE TRABAJO
SUSCRIPCION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Una entidad no puede permitir que una persona ingreses a su servicio sin que antes haya al correspondiente contrato de trabajo. Aunque un contrato verbal tiene plena validez la constancia de un documento es sin duda lo más aconsejable
DEFINICION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a una persona natural o jurídica, bajo la continuidad dependencia o subordinación
Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y reenumera es el empleador: cualquiera que sea su salario
ELEMENTOS ESNCIALES DEL CONTARATO
PRESTACIONES PERSONALES DEL SERVICIO: Este elemento implica la realización de una labor por parte un apersona natural, a favor de una persona que bien puede ser natural o jurídica si esta no existe no abra contrató de trabajo
CONTINUIDADA DE DEPENDENCIA O SUBORDINACION: Este elemento consiste en la facultad que tiene el empleador de impartir al trabajador órdenes e instrucciones, en cualquier momento, en cuanto modo, tiempo y cantidad de trabajo e imponerle condiciones o reglamentos de duración del contrato. Sin que este afecte la dignidad y los derechos mínimos del trabajador
REMUNERACION O SALARIO: Es necesario para que se dé el contrato de trabajo es la remuneración o retribución por el servicio prestado
IUS VARIANDI: Es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones laborales de trabajador dentro ciertos límites. Se desprende de la subordinación
MODALIDAD DEL CONTRATO
CONTRATO VERBAL: Es el contrato que se celebra de palabra y tiene lugar cuando el empleador y el trabajador se pone de acuerdo sobre la índole del trabajo
CONTRATO ESCRITO: Es el que consta de un documento firmado por las partes, en las cual están incluidas todas las condiciones del mismo
CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD: Surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que se haya expresado en un documento, o de la que la voluntad del empleador haya supuesto
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO FIJO: Es la vinculación de persona altamente técnicas o calificadas este contrato debe ser por escrito y su duración no puede ser mayor a 3 pero es prorrogable indefinidamente
CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR AUN AÑO: el trabajador de esta naturaleza tiene derecho a todas las prestaciones sociales y alas vacaciones en forma proporcional sea cual sea el termino laboral
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO: no requiero ser escrito aunque es lo más aconsejable tiene vigencia mientras subsista las causas que le dieron origen y materia del trabajo , sin que esto quiera decir que para su finalización
El empleador no pueda acogerse a las cláusulas de terminación
CONTRATO DE OBRA: requiere que esta sea de manera escrita y que en se estipule con gran claridad la naturaleza de la obra a labor contratada el empleado puede darlo por terminado una vez se haya finalizado la obra de labor contratada
CONTRATO OCACIONAL O TRANSITORIO: Consiste una serie de actividades ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede ser de más de 30 días
CONTRATOS ESPECIALES
Contrato de trabajo con establecimientos particulares de enseñanza: se entiende celebrado por el año escolar a menos que se contrate por un tiempo menor es decir el año lectivo no es a término fijo
Agentes colocadores de pólizas de seguro y título de capitalización: es la contratación de seguros y capitalización y la renovación de el mismo en relación con una o varias compañía de seguro o sociedad de capitalización
Colocadores de apuntes permanentes: se le denomina vendedores de chance o colocadores de apuestas de apuestas permanentes, podrán tener un carácter de dependiente o independiente
CONTRATO DE LAS PARTES CONTARATANTES
OBLIGACIONES DE EL EMPLEADOR: debe estar incluida en el reglamento interno del trabajo de igual forma debe expresarse las prohibiciones correspondientes del trabajo a uno y a otro estas son
Poner estipulación del contrato los instrumentos adecuados para la realización de las labores
Locales adecuados y elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades de ele trabajador
Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad
Pagar la remuneración pactada en las condiciones periodos y lugares convenidos
Respetar creencias y sentimientos es decir la dignidad del trabajador
Conceder al trabajador las licencias de acuerdo con las condiciones señaladas en el reglamento interno del trabajo
Dar al trabajador un certificado donde conste el tiempo de servicio y al índole del salario devengado
Pagar al trabajador el gasto razonable de ida y regreso, si para prestar el servicio hizo cambiar de domicilio
Cumplir el reglamento mantener el orden, moralidad y el respeto a las leyes
Permitir al menor de 18 el acceso a la capacitación laboral y concederle el permiso no remunerado
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR:
Realizar personalmente en los términos estipulados
No comunicar a terceros. Salvo autorización expresa, la información que tenga de su trabajo
Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural
Comunicar el empleador las observaciones que estime conducentes a evitar daños y perjuicios
Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus compañeros y superiores
Prestar las colaboraciones posibles en caso de riesgos y siniestros que amenacen a las personas de las empresas
Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico del empleador
Observa con suma diligencia y cuidado las instrucciones y orden preventivas de accidente o enfermedades
Deducir o pagar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que correspondan a los trabajadores, si n previa autorización escritas de estos para cada caso
Obligar al empleado de tal forma que este compre víveres en almacenes o cadenas que tengan que ver con el empleador
Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación
Presionar en cualquiera forma a los trabajadores de su derecho de asociación
Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político
Hacer autorizar o tolerar propaganda en el sitio de trabajo
Permitir todo término de rifa
Emplear en las certificaciones de que trata 7° del artículo 57 CST
Ejecutar y restringir los derechos de los trabajadores que ofendan su dignidad
Los menores de 18 años tendrán prohibiciones contenida en el artículo 59 del CST
PERIODO DE PRUEBA:
Tiene como objetivo por parte del empleador apreciar del trabajador y por parte de este la conveniencia de las condiciones de trabajo. Debe constar por escrito
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO: es la interrupción ejecución de normal del contrato de trabajo
Causas de suspensión:
Por fuerza mayor o fortuito que temporalmente impida la ejecución del contrato
Por muerte o inhabilidad del empleador
Por cierre o clausura de la empresas hasta por 120 días
Por licencia o permiso temporal o permiso temporal concedido por el empleador o trabajador o sanción disciplinaria
Por ser llamado a prestar el servicio militar
Por detención preventiva del trabajador
Por huelga declarada en la forma prevista en la ley
EFECTOS DE SUSPENSIÓN:
Cesa para el trabajador la obligación de prestar el servicio
Cesa por pagar el empleador el salario al tiempo correspondiente
El tiempo que dure la suspensión puede ser descontado para liquidar cesantías pensiones de jubilación
El empleador responde por las obligaciones sugeridas con anterioridad a la suspensión del contrato y de más por la muerte del trabajador o enfermedad
TERMINACION DEL COTRATO
Por la causas legalmente definidas en el artículo 5 ley 50 de 1990 que subrogo el artículo 2° de CST
Por la justa causa contemplada en la ley en el reglamento interno del trabajo y en el contrato de trabajo
Sin justa causa que genera de in mediato automáticamente el derecho de indemnización
POR PARTE DE EL EMPLEADOR: Por sufrir engaño por parte del el empleador mediantes la presentación de admisión como certificado falsos para su admisión o tendencia a obtener un provecho ilícito o indebido
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ResponderEliminarbuen aporte compañera!!
ResponderEliminarHola buenas tardes
ResponderEliminarMe parece muy interesante este blog ya que de el vamos a aprender cada ves mas y nos ayudara para tener una guia, para defender nuestros derechos laborales.
tus conceptos son muy claros y importantes acerca del tema ya que esto nos ayuda a retroalimentar nuestro aprendizaje.
ResponderEliminarBuenos días, gracias por tu aporte me parece muy interesante e importante para nuestro aprendizaje pues nos ayuda a complementar más las información y así tener conocimientos en el tema de los contratos laborales.
ResponderEliminarBuenos Días!
ResponderEliminarEs muy a portante tu concepto sobre el contrato de trabajo, debemos tener también en cuenta que es un eje fundamental de los derechos humanos. Es el reconocimiento, respeto y promoción pero sobretodo es el sentido de propiedad de cada persona.
Buenos Días Yuliana
ResponderEliminarMe parece muy interesante tu aporte, ya que de esto podemos aprender y diferenciar los diferentes tipos de contratos laborales.
Muchas gracias por compartir tu aprendizaje
Atentamente,
María Paulina Flórez Hernández
Buenos días, es importante resaltar que tienes claro los conceptos de contrato laboral, donde traes a colación que es un acuerdo de voluntades, elementos esenciales, modalidades, obligaciones del trabajador y empleador, suspensión y terminación de contrato .
ResponderEliminarBuenos días Me parece muy importante tu aporte ya que nos muestra los diferentes tipos de contrato esto ayuda a enriquecer nuestros conocimientos a nivel personal y laboral.
ResponderEliminarbuenos dias
ResponderEliminaryuliana tu aporte me parece que esta muy interesante para nuestro aprendizaje
lo que nos expones frente al contrato laboral me parce que esta muy completo, la idea que debemos tener sobre esta prestación de servicio como persona natural, muchas gracias.
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